{"id":2189,"date":"2023-03-21T08:29:52","date_gmt":"2023-03-21T12:29:52","guid":{"rendered":"https:\/\/elmundodelapolitica.com\/v1\/?p=2189"},"modified":"2023-03-21T08:29:52","modified_gmt":"2023-03-21T12:29:52","slug":"articulo-regular-alimentacion-y-nutricion-escolar-es-desfase-de-realidad-y-legalidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmundodelapolitica.com\/v1\/articulo-regular-alimentacion-y-nutricion-escolar-es-desfase-de-realidad-y-legalidad\/","title":{"rendered":"Art\u00edculo: Regular alimentaci\u00f3n y nutrici\u00f3n escolar es desfase de realidad y legalidad"},"content":{"rendered":"<div>\n<p>Por <strong>Rafael Mendez<\/strong><br \/>Periodista-ex diputado<br \/>rramendez@hotmail.com<\/p>\n<p>El anteproyecto de ley de Alimentaci\u00f3n y Nutrici\u00f3n Escolar entregado a la C\u00e1mara de Diputados por una comisi\u00f3n encabezada por V\u00edctor Santos, director ejecutivo del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), es una pieza desfasada en t\u00e9rminos de la realidad de las plantas f\u00edsicas escolares, la legislaci\u00f3n y reglamentos que regulan el sector educativo nacional.<\/p>\n<p>Pero m\u00e1s que todo, sobreabunda porque para establecer que los suplidores del alimento a los estudiantes del sector p\u00fablico \u00abse realice en cocinas dentro de las escuelas\u00bb, lo puede establecer el Ministerio de Educaci\u00f3n mediante ordenanza que, adem\u00e1s, est\u00e1 consignado en el Reglamento para el dise\u00f1o de plantas f\u00edsicas escolares, del Ministerio de Obras P\u00fablicas, promulgado mediante el decreto n\u00famero 305-6, del 2006.<\/p>\n<p>Y en cuanto a la parte \u00abnutrici\u00f3n escolar\u00bb referida en el t\u00edtulo del anteproyecto de ley, est\u00e1 consignado en la ordenanza n\u00famero 12-2003 que establece el reglamento que crea Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil como una de sus atribuciones, que de paso vale advertir que es una de las \u00e1reas en las que debe insistir el INABIE..<\/p>\n<p>Con estos tres p\u00e1rrafos entiendo que queda fehacientemente demostrado la improcedencia de la pieza, pero como en este pa\u00eds hay una sobreabundancia de leyes, alguien se le podr\u00eda ocurrir \u00abaprob\u00e9moslo\u00bb, que una m\u00e1s no importa, aunque es posible que a algunos suplidores no les dar\u00eda lo mismo porque estar\u00edan obligados por ley a ubicarse a no m\u00e1s de mil de los metros del centro al que le ofrece servicio.<\/p>\n<p>Como colof\u00f3n en esta parte, creo oportuno advertir que cocinar para cientos de estudiantes en los centros educativos p\u00fablicos se convertir\u00eda en una distracci\u00f3n, por los olores, y hasta por los malos olores, pero tambi\u00e9n por la constante entrada y salida de veh\u00edculos a llevar materias primas y a retirar basura, entre otros desperdicios, pero que, adem\u00e1s, en la inmensa mayor\u00eda de escuelas no existen ni las m\u00e1s m\u00ednimas condiciones<\/p>\n<p>El Estado y la v\u00eda cooperativa en el alimento escolar<\/p>\n<p>Como todo no es tan malo que no se le pueda sacar algo bueno, entiendo que el Instituto de Desarrollo y Cr\u00e9dito Cooperativo (IDECOOP) pudiera realizar un estudio orientado a verificar la factibilidad de la formaci\u00f3n de una Cooperativa de Producci\u00f3n y Trabajo, con participaci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p>Esto significa que el Gobierno, en la representaci\u00f3n del IDECOOP, ser\u00eda socio de la empresa social, junto a las empresas suplidoras de los alimentos, los productores agr\u00edcolas, pecuario, embutidoras de todo tipo, reposter\u00edas, panader\u00edas, y otras empresas que producen art\u00edculos componen la raci\u00f3n alimenticia.<\/p>\n<p>El aporte de capital por parte del Gobierno ser\u00eda la construcci\u00f3n de las edificaciones que alojar\u00e1n los comedores, los suplidores aportar\u00edan todos los equipos de cocina, en tanto en los organismos de direcci\u00f3n y control de la empresa social, estar\u00eda el Estado, representado por IDECOOP\u00bb y los suplidores.<\/p>\n<p>Es importante aclarar que la una de las modalidades ser\u00eda que la permanencia del Estado como socio, sin deponer su atribuci\u00f3n de promover, educar y fiscalizador, seria hasta que recupere la inversi\u00f3n en la construcci\u00f3n de las edificaciones.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Rafael MendezPeriodista-ex diputadorramendez@hotmail.com El anteproyecto de ley de Alimentaci\u00f3n y Nutrici\u00f3n Escolar entregado a la C\u00e1mara de Diputados por una comisi\u00f3n encabezada por V\u00edctor Santos, director ejecutivo del Instituto&hellip; 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